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5 de julio de 2016

Los pasos para el reintegro de Ganancias por el aguinaldo

El titular de AFIP explicó que el reintegro no se realizará de modo automática sino que habrá que realizar un trámite via web luego de que se promulgue la amnistía fiscal.

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad anunció que la devolución del Impuesto a las Ganancias por el pago del medio aguinaldo no se realizará de modo automática sino que habrá que realizar un trámite via web luego de que se promulgue la ley de amnistía fiscal.
En diálogo con periodistas luego de anunciar el aumento de la recaudación del 24%, Abad explicó que los empleados en relación de dependencia deberán iniciar el trámite para que le devuelvan las retenciones.
Como primer paso, el empleado deberá realizar el pedido por medio del micrositio que tiene AFIP para las declaraciones vinculadas a Ganancias. Luego, el organismo  controlará que el contribuyente esté al día con todas sus obligaciones fiscales en 2014 y 2015.
Para poder acceder al beneficio, el trabajador no debe haber ingresado en el blanqueo del 2013 ni tener deuda con la AFIP. Otro punto importante es que debe haber presentado la declaración jurada de Bienes Personales si ganan hasta 200 mil pesos al año (unos $15 mil pesos por mes) durante los últimos dos años.
Paso a paso. El empleado que pague Ganancias pero no Bienes Personales deberá solicitar la devolución en elSIRADIG, el micrositio de AFIP donde se gestionan las deducciones del impuesto. Se deberá ingresar a la opción para solicitar el beneficio de la amnistía fiscal.
Para Bienes Personales, la AFIP depositará en una cuenta bancaria del contribuyente, a través de una CBU, el importe del anticipo que ya se pagó por el impuesto correspondiente al 2016.
Quienes ganen más de $200.000 brutos al año tendrán la obligación de presentar una declaración jurada (DDJJ)informativa del impuesto a los Bienes Personales. Para poder cobrar el reintegro de Ganancias, el empleado deberá haber presentado las dos últimas DDJJ de Bienes Personales, aunque tenga bienes por menos de $305.000 y no pague el impuesto.
En todos los casos, de cumplirse con los requisitos,habrá tiempo hasta el próximo 31 de enero para reclamar el reintegro.

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