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1 de mayo de 2008

Confirman que usar Internet en el trabajo no es causal de despido


Una textil echó a un empleado porque utilizaba con fines personales una computadora durante su horario laboral. Ahora, la Justicia dijo que la sanción tendría que haber sido menos grave. Y deberán indemnizarlo. Navegaba en una computadora que no era la suya, con fines personales. Así fue descubierto y en la empresa donde trabajaba lo echaron al considerar que esa actitud era causal suficiente de despido. Un juez de primera instancia y ahora la Cámara Laboral porteña juzgaron que si bien el empleado era pasible de una sanción, esta tenía que ser "de menor gravedad". Y ordenó que lo indemnizaran.
Ocurrió en la empresa Nomar Textil S.A, cuya marca es Millaner, con casa central en Thames y Nicaragua. En el fallo, del 28 de marzo, le tocó a la doctora María García Margalejo, integrante de la Sala V de la cámara, fundamentar su decisión. Lo hizo así: "El despido obedeció a que fue sorprendido el actor en horario de trabajo, al mediodía, utilizando una de las computadoras personales de la empresa extraña a su lugar de trabajo, para navegar por Internet en páginas de ocio y no vinculadas con su labor".leer todo en Clarin

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